Misión
Entender en la Dirección del Tribunal de Cuentas, de acuerdo a las normas legales vigentes y con las atribuciones que fija la Constitución Provincial y la Ley Nº 1003 y leyes específicas en la materia.
Corresponde al Presidente, además de las facultades y deberes que le asigna especialmente la Ley Nº 1003, las siguientes funciones:
- Presidir los acuerdos ordinarios y extraordinarios.
- Cursar la correspondencia del Tribunal.
- Dictar las "providencias de trámite" en los asuntos del Tribunal.
- Ejercer la administración del Tribunal conforme a las leyes vigentes y Acuerdos del Tribunal, resolviendo al respecto. Las designaciones, cambios de situación de revista y contrataciones de personal se harán por resolución del Tribunal.
- Interiorizarse en cualquier momento y en forma directa de la gestión de las distintas dependencias del Tribunal.
- Someter a consideración del Tribunal el proyecto de Presupuesto anual.
- Presentar al Honorable Cuerpo la "Memoria Anual", que debe enviar el Tribunal a la H. Legislatura y al Ministerio de Hacienda, conforme a lo dispuesto por el art. 19 de la Ley Nº 1003.
- Presentar conjuntamente con el Jefe del Servicio Administrativo y el responsable del Departamento de Habilitación la rendición de cuentas de los fondos que estuvieran bajo su administración al Tribunal y a la Contaduría General de la Provincia.